POR EL CUAL SE ESTABLECE POR OBJETO APLICAR LIMITACIONES A LOS SUPUESTOS FÁCTICOS Y JURÍDICOS EN LO QUE RESULTARE FACTIBLE APLICAR LOS PROCEDIMIENTOS ABREVIADOS SEGÚN LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 339, CONCORDANTES Y SIGUIENTES DEL CÓDIGO PROCESAL PENAL DE LA PROVINCIA. BLOQUE SOMOS VIDA